Consideraciones de la carga social en México (sueldos y salarios)

Ante el panorama del nearshoring, es necesario considerar los elementos que forman parte de la carga social en México, así como los sueldos y salarios vigentes.

Consideraciones de la carga social  en México (sueldos y salarios)


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L.C.P.C. Miguel Ángel Silva Pedroza Socio en SP Consultores, S.C.
Seguridad social 07 de marzo de 2024

Las cargas sociales en México se integran por el conjunto de contribuciones de seguridad social integral que todo empleador, ya sea persona física o moral, tiene la obligación de pagar al Estado; esto es parte de los mandatos establecidos en la Constitución.

Dichas cargas sociales integrales, financiadas según el régimen de seguridad social correspondiente, se componen de aportaciones realizadas por el Estado, los patrones y los trabajadores; éstas cubren los servicios de salud en todos los niveles, desde medicina general hasta especialidades, tanto para el titular del seguro como para sus beneficiarios. Además, otorgan el derecho a una pensión (temporal o vitalicia), sujeta al cumplimiento de requisitos. Dicha pensión puede originarse por algún riesgo de trabajo, una enfermedad no profesional, o bien, la cesantía en edad avanzada o vejez.

Contribuciones de seguridad social
Uno de los rubros que mayor atención merecen por parte de los empleadores son las contribuciones de seguridad social; esto por las implicaciones financieras, laborales y fiscales que conlleva su correcta determinación y cumplimiento en tiempo y forma.

El régimen de seguridad social proporcionado a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que ofrece mayor protección a los trabajadores, es el obligatorio; es decir, aquel que se activa cuando existe una relación laboral y genera derechos y obligaciones para ambas partes (empleado y empleador). Dicho esquema de aseguramiento cubre al titular del seguro, así como a sus beneficiarios, sin que esto implique un costo adicional para el patrón o el trabajador.

Existen otras modalidades de aseguramiento cuyo financiamiento es totalmente pagado por el titular; no cubre un esquema integral de seguridad social; incluso, el pago que se hace es en función de cada integrante de la familia y su edad. Por ejemplo, el seguro de salud para la familia.

Rubros de la carga social integral en México

Seguridad social
Seguridad social (servicios médicos, acceso a pensiones directas e indirectas)
Participación de los Trabajadores
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa (PTU)
Aportaciones
Aportaciones para créditos de vivienda
Impuesto
Impuesto sobre nóminas local
Cuotas
Cuotas sindicales (en su caso)

En términos generales, la tasa corporativa que representa la carga social para los patrones en México oscila entre 35 y 40%, considerando que uno de los seguros que más impacto puede tener es el de riesgos de trabajo (tasa de 0.5 hasta 15%), pues lo paga totalmente el patrón; asimismo, el porcentaje se relaciona directamente con la actividad y la exposición al riesgo que tengan los trabajadores (de mayor a menor peligrosidad).

Otro de los porcentajes que mayor incide es el de la PTU (que también absorbe en su totalidad el patrón) y representa 10% de la base gravable, en términos de las leyes en la materia. Es importante mencionar que, a partir de una reforma a distintos ordenamientos legales en abril de 2021, se modificó el procedimiento para su reparto; la base sigue siendo el porcentaje señalado, pero ahora existe un tope que puede ser equivalente a tres meses de salario, o bien, el promedio de los últimos tres años, lo que más beneficie al trabajador (en caso de que el importe a repartir sea superior a estos topes).

Las cargas sociales integrales se componen de las aportaciones que realizan el Estado, los patrones y los trabajadores.

En lo que respecta a las aportaciones para una vivienda, las cuales son completamente absorbidas por los patrones, el porcentaje es de 5%; además, la tasa promedio del impuesto local sobre nóminas es de 3%. En el siguiente cuadro se muestran los porcentajes que aportan el patrón y el trabajador, así como las ramas de aseguramiento:

Seguro y concepto Prestaciones Cuotas Base
Riesgos de trabajo En especie y dinero Patrón Trabajador Total
Conforme con su siniestralidad laboral 0% Prima correspondiente SBC*
Enfermedades y maternidad En especie Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la UMA** 20.4% 0% 20.4% UMA
Cuota adicional por la diferencia del SBC y tres veces la UMA 1.1% 0.4% 1.5% Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA
Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05% 0.38% 1.43% SBC
En dinero 0.7% 0.25% 0.95% SBC
Invalidez y vida En especie y dinero 0.75% 0.63% 2.38% SBC
Guarderías y prestaciones sociales En especie 1% 0% 1% SBC
Infonavit Crédito de vivienda 5% 0% 5% Salario

*Salario Base de Cotización.

**Unidad de Medida de Actualización.

Cabe aclarar lo siguiente: en enero y febrero de 2024 se considera la prima declarada en febrero de 2023; la prima vigente a partir del 1.° de marzo de 2024 al 28 de febrero de 2025 se determinará según la mecánica de los artículos 72.° de la Ley del Seguro Social (LSS) y 32.° del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Asimismo, se comunicará al IMSS (en la declaración de siniestralidad respectiva) a más tardar el último día de febrero de 2024.

El 27 de enero de 2016 se dio a conocer un decreto con el que se desindexó el salario mínimo para que deje de ser utilizado como índice, unidad, base o medida de referencia para los fines ajenos a su naturaleza, sustituyéndolo por la UMA. El IMSS (en el acuerdo 26/2017) instruyó a las direcciones de Administración, de Incorporación y Recaudación, de Innovación y Desarrollo Tecnológico, así como de Prestaciones Económicas y Sociales del Seguro Social, para que adecuaran los sistemas informáticos institucionales, los procedimientos técnico-operativos y los formatos necesarios para la adopción de la UMA.

Asimismo, el oficio 6/2016-2017 del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), dirigido a sus integrantes, señala que debe entenderse que se utilizará la UMA para el cálculo de las cuotas de prestaciones en especie (fija y excedente) del seguro de enfermedades y maternidad.

Afore
En lo que respecta a los recursos destinados a la cuenta individual de los trabajadores en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), desde 2023 hasta 2030, la carga que corresponde pagar a los patrones se incrementará en función del rango salarial con el que cotizan los colaboradores.

Con esta medida, se busca mejorar la tasa de retorno o reemplazo cuando los trabajadores accedan a una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez (de acuerdo con la LSS vigente). Para los trabajadores del régimen anterior, también conocido como Ley 73, el monto de la pensión depende, principalmente, del número de semanas cotizadas y el promedio salarial de las últimas 250 semanas al momento de solicitar la pensión.

A continuación, se muestra una tabla con el incremento señalado:

SBC 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030
1.0 SM* 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150%
1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202%
1.51 a 2.0 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552%
2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962%
2.51 a 3.0 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902%
3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573%
3.51 a 4.0 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077%
4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875%

*Salario Mínimo

Conclusiones

Parte fundamental en el cumplimiento de las obligaciones patronales en México es el cálculo y pago (en tiempo y forma) de las cargas sociales que imponen las distintas leyes en la materia; pues no cumplir con esto, implicaría sanciones onerosas, inspecciones laborales o fiscales, asimismo, lesionaría los derechos de seguridad social y humanos de los trabajadores.

Aunque es cierto que la carga social en México (relacionada con la tasa corporativa) es alta, incumplir, o bien, utilizar algún esquema fiscal, laboral y de seguridad social para eludir su cumplimiento o aplicación, puede resultar más oneroso.icono final



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