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Decreto para la inversión en los PDB del Istmo de Tehuantepec

Mientras se cumpla con las disposiciones fiscales, se otorgan estímulos fiscales para los contribuyentes que inviertan en los PDB del Istmo de Tehuantepec.

Decreto para la inversión en los PDB del Istmo de Tehuantepec


001261
C.P.C. y P.C.FI. Antonio González Rodríguez Socio en Deloitte Impuestos y Servicios Legales, S.C.
Fiscomentarios 17 de agosto de 2023

Se ha publicado el decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar (PDB) del Istmo de Tehuantepec. Dicho decreto otorga beneficios fiscales y facilidades administrativas a quienes inviertan en la zona.

Los beneficios fiscales de los que podrán gozar los contribuyentes serán aplicables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA):

  • Se otorgará un crédito fiscal acreditable al 100% contra el ISR causado durante tres ejercicios fiscales; esto a partir de que los contribuyentes cuenten con una constancia emitida por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Siempre que cumplan con las disposiciones fiscales, estos estímulos fiscales pueden ser muy provechosos para los contribuyentes que opten por invertir en esta zona.
  • También se otorga un crédito fiscal del 50% en los tres ejercicios fiscales posteriores, o bien, hasta del 90% en caso de que se superen los niveles mínimos de empleo.
  • Se podrá efectuar la deducción del 100% del monto original de la inversión de los activos fijos nuevos que utilicen para realizar su actividad en los PDB.
  • Durante cuatro años, a partir de la entrada en vigor del decreto, los contribuyentes podrán gozar de un crédito fiscal del 100% del IVA que se derive por prestar actividades gravadas con otras personas que también realicen actividades económicas productivas al interior del mismo PDB o de uno distinto.

Sin embargo, se debe cumplir con una serie de requisitos para aprovechar los beneficios mencionados. Dichos requerimientos son:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Ser propietario o contar con una concesión de territorio en algún PDB.
  • Presentar el proyecto de inversión por el que se obtuvo la concesión del territorio.
  • En caso de aplicar, tener domicilio fiscal en la superficie mencionada.

Dichos estímulos pueden ser muy provechosos para los contribuyentes que opten por invertir en el interior de los PDB del Istmo de Tehuantepec, siempre que cumplan con las disposiciones fiscales.

Los beneficios fiscales de los que podrán gozar los contribuyentes serán aplicables para efectos del IRS e IVA.

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2023

Por otro lado, se publicó la sexta RMRMF para 2023, en la que se hacen dos modificaciones: la primera con relación al capítulo 2.7, De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o factura electrónica; la segunda, relacionada al capítulo 2.6, De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos.

Las modificaciones que se presentaron son:

  • Se establece que, en el ejercicio fiscal en curso, los contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023, estarán cumpliendo con las disposiciones fiscales, a pesar de que estos no cuenten con todos los requisitos establecidos en los instructivos que publica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el llenado del CFDI con dicho complemento.
  • Los contribuyentes que están obligados a llevar controles volumétricos podrán presentar un certificado único para los ejercicios fiscales de 2022 y 2023, en el que se garantice la correcta operación de los equipos y programas informáticos.

    Esta facilidad será posible sólo cuando los contribuyentes conserven las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante que fueron utilizados para la medición del hidrocarburo o petrolífero correspondiente, así como la documentación que respalde el cumplimiento de las obligaciones en materia de medición de hidrocarburos y petrolíferos (en caso de haber sido sometidos a alguna verificación por parte de la autoridad).



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