Realidades y contrastes

NOM 37: aspectos relevantes del teletrabajo

Se deben crear condiciones en las empresas que ayuden a la implementación de la NOM 37, relacionada con el teletrabajo.

NOM 37: aspectos relevantes del teletrabajo


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M.C.I. y C.P.C. Juan Carlos Bojorges Pérez Socio director en Bojorges Soriano y Asociados, S.C.
Realidades y contrastes 01 de agosto de 2023

Publicada el 8 de junio de 2023 por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la Norma Oficial Mexicana (NOM) 37, referente al teletrabajo, entrará en vigor a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta norma demanda mucho análisis y estudio; su implementación requiere combinar una gran cantidad de recursos y definir diversos aspectos para crear condiciones de seguridad, bienestar y de salud para los trabajadores que, de acuerdo con la norma, cumplan con la definición de estar en la modalidad de teletrabajo.

Implementar la NOM 37 para el teletrabajo no es un proyecto que resulte fácil de llevar a cabo, sin embargo, hay que considerar iniciarlo a la brevedad para que los tiempos se ajusten a su entrada en vigor.

Con el propósito de presentar una “foto rápida” del contenido de esta norma, listaremos de manera genérica las obligaciones que les corresponde atender a los patrones y trabajadores en esta modalidad de trabajo.

Obligaciones para los patrones

  • Disponer de una lista actualizada de los trabajadores bajo esta modalidad.
  • Definir y establecer (por escrito) una política que regule el teletrabajo y que sea congruente con las disposiciones contractuales de carácter colectivo o individual, así como con el reglamento interior de trabajo.
  • Informar a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (CMSH) y a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con esta modalidad.
  • Contar con la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo.
  • Dar facilidades a la CMSH para que pueda validar dicha lista de verificación.
  • Llevar a cabo la documentación del proceso de implementación del teletrabajo.
  • Proporcionar a los trabajadores todos los insumos que requieran para esta modalidad.
  • Crear programas para brindar el mantenimiento a los equipos para la utilización de las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación).
  • Impartir (al menos una vez al año) a los trabajadores capacitación acerca de las condiciones de seguridad y salud que deben tener en su lugar de trabajo.
  • Dejar documentados los mecanismos de reversibilidad a la modalidad presencial.
  • Aplicar los exámenes médicos de conformidad con la NOM-030-STPS-2009, así como dar seguimiento a los avisos de accidentes de trabajo de los colaboradores o sus familiares.
  • Implementar procesos de atención a temas de violencia familiar.
  • Otorgar las facilidades y apoyos necesarios para que los trabajadores participen en la CMSH o en la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
Es necesario crear condiciones en las empresas que ayuden a la implementación de la NOM 37, relacionada con la modalidad de teletrabajo.

Obligaciones para los trabajadores

  • Permitir las comprobaciones físicas de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo que se designó, o bien, la aplicación de la lista de verificación sobre las mismas condiciones en el lugar o lugares en donde desempeñará el teletrabajo.
  • Adherirse y dar cumplimiento a la política de teletrabajo que se haya establecido con motivo de la implementación de esta norma.
  • Reportar cualquier cambio en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o bien, casos de fuerza mayor que impidan el desarrollo de sus labores.
  • Mantener en buen estado los materiales, mobiliario, útiles y equipo que se le proporcionen para realizar el teletrabajo.
  • Cumplir con las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como someterse a los exámenes médicos (de conformidad con lo establecido en la NOM-030-STPS-2009).
  • Cumplir con los lineamientos y políticas de protección de datos e información que sean propiedad del patrón, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
  • Informar los cambios de domicilio del que previamente haya señalado para realizar el teletrabajo.
  • Atender la información sobre riesgos relacionados con esta modalidad de trabajo, así como en las reuniones presenciales o virtuales organizadas para evitar el aislamiento social.

Conclusiones

Hay que crear condiciones de trabajo en las empresas que ayuden a la implementación de esta norma, pues además de las obligaciones mencionadas, hay diversos puntos particulares relativos a las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, así como condiciones de capacitación y adiestramiento. No es un proyecto que resultará fácil de implementar, sin embargo, hay que considerar iniciarlo a la brevedad para que los tiempos se ajusten a su entrada en vigor.



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