Evaluación nacional de riesgos aplicada a actividades vulnerables y PLD

Identificar los riesgos de nuestro país en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo permite optimizar recursos y esfuerzos para combatir estos delitos.

Evaluación nacional de riesgos aplicada a actividades vulnerables y PLD


Ámbito universitario 15 de noviembre de 2022
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a Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) notificaron, por medio del Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD), que aquellos sujetos que realicen Actividades Vulnerables (AV) y que se encuentren dados de alta en el SPPLD, deberán participar en el llenado del Cuestionario de percepción de riesgos para el ejercicio 2022, el cual busca realizar un análisis de percepción de riesgos de los sujetos obligados, incluyendo todos aquellos sujetos al régimen de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) y Financiamiento al Terrorismo (FT).

El principal objetivo que se busca por medio de estos ejercicios es robustecer y cumplir con las acciones y obligaciones que se tienen en aras del marco normativo local e internacional; dicho sea de paso, en este año se puede analizar el grado de riesgo de los diversos sectores del régimen de AV.

Los resultados de estos formularios se ven plasmados en la Evaluación Nacional de Riesgos (ENR), en la que se da a conocer el avance en cuanto a las acciones y observaciones realizadas en la recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del que México forma parte.

En 2016 nuestro país se incorpora al GAFI, lo que significa la consolidación de un marco jurídico y régimen en materia de Lavado de Dinero (LD), donde en atención a las diversas recomendaciones emitidas por este organismo, se destaca: la tipificación de los delitos LD y FT; modificación y reforma de diversas disposiciones en materia de PLD (aplicables al sistema financiero); creación y puesta en marcha de un marco normativo especial como la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operación con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI); inclusión de nuevas actividades en el catálogo de actividades vulnerables; creación de la UIF; y en cuanto a sanciones, se contempla el procedimiento de extinción de dominio y la firma de tratados sobre la prohibición de armas nucleares y combate a la corrupción.

En el caso de que los sujetos obligados no atiendan los requerimientos de la autoridad, podrán ser acreedores a sanciones que van de los 19,244 a los 192,440 pesos. ¿Qué es la ENR?

La ENR es un ejercicio realizado por las autoridades, que permite a los países miembros: analizar, observar, mejorar y redefinir sus políticas en materia de PLD y FT; sirve a los gobiernos para optimizar los recursos destinados a la prevención de estos delitos; y ayuda a comprender la naturaleza, extensión y riesgos a los que está expuesta cada jurisdicción.

¿Por qué es importante la ENR 2022?

La ENR nace en función de dar cumplimiento a la recomendación 1 del GAFI, “Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgos”. Esta recomendación invita a los países miembros a entender, identificar, evaluar y atender los riesgos a los que están expuestos; lo anterior por medio de la captación de información relevante y la verificación de fuentes donde se permita generar inteligencia en función de la mejora y el enriquecimiento de políticas públicas que ayuden a mitigar dichos riesgos, y en el mejor de los casos, eliminarlos.

Las autoridades señalan que quienes realicen AV deben contestar el cuestionario para dar cumplimiento a las obligaciones que marca la LFPIORPI en su reglamento.

Por lo que respecta a dichos ordenamientos jurídicos, es importante mencionar que para las personas físicas que realicen AV, éstas son las responsables del llenado del cuestionario de manera individual, mientras que, para las personas morales, debe llenarlo el responsable de cumplimiento; este último, designado como encargado por las entidades que realizan las AV contempladas en el artículo 17.° de la LFPIORPI.

Para el llenado del cuestionario, los pasos son:

  • Ingresar a la página https://sppld.sat.gob.mx/pld/index.html
  • Dar clic en la opción Acceso al Sistema del Portal en Internet (SPPLD)
  • Ingresar por medio de e.firma
  • Buscar la opción Sujeto Obligado-Notificaciones
  • Visualizar la opción Cuestionario de percepción de riesgos 2022
  • Descargar el cuestionario y guardarlo en formato PDF (el cuestionario contempla temas como: la existencia de un responsable designado del cumplimiento y si éste ha aceptado su designación; número de empleados asignados al área de PLD del sujeto obligado; si se ha participado previamente en estos ejercicios; conocimiento de las observaciones del GAFI sobre la ENR; y si se han atendido dichas observaciones, entre otras)
  • Ingresar al menú de Sujeto obligado, pulsar la opción Envío de cuestionarios y cargar el documento

En caso de que los sujetos obligados no atiendan los requerimientos de la autoridad, esto puede ser considerado un incumplimiento al artículo 53.°, fracción I de la LFPIORPI, que contempla sanciones que van de los 19,244 a los 192,440 pesos.

La ENR es un ejercicio realizado por las autoridades y permite analizar, observar, mejorar y redefinir las políticas en materia de PLD y FT. Conclusiones

La ENR es muy importante para las autoridades y otros organismos nacionales e internacionales, ya que les permite identificar las amenazas y vulnerabilidades que presenta nuestro país en materia de LD y FT.

Los resultados de la evaluación ayudan a conocer el avance en cuanto a la identificación de riesgos y si el enfoque es adecuado (considerando el riesgo al que cada país está expuesto). Por lo anterior, es importante que los sujetos obligados respondan el cuestionario con la mayor honestidad y atendiendo a la veracidad de sus actividades y riesgos.

Aunado a lo anterior, la ENR permite racionalizar y optimizar los recursos y esfuerzos para combatir el LD y FT; privilegia la atención a aquellas áreas que resultan prioritarias para la seguridad y estabilidad de los países, permitiendo la captación y confirmación de fuentes de información adecuadas para el cumplimiento del marco normativo.



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