De acuerdo con la RAE, la ética es “el conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida”. Ahora bien, en el país este conjunto de normas éticas han sido estudiadas, planificadas e incorporadas para llevarse a cabo en el desarrollo diario de la profesión contable por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), buscando incorporarse a las normas internacionales (desde 2012) mediante la publicación de un CEP.
El IMCP, al crear una comisión de trabajo de ética profesional, tiene el objetivo de fortalecer a la comunidad contable en su desarrollo humano y profesional, dentro de los más altos estándares éticos en beneficio de la sociedad.
Con este sentido social se busca reiterar el marco conceptual de la estructura del código de ética y, en esta ocasión, se abordan los principios fundamentales que son la base inicial para llevarse a cabo en el desarrollo de la profesión contable y que se detallan a continuación:
Principios fundamentales | |
Integridad |
Ser honesto en todas las relaciones profesionales y de negocios. |
Objetividad |
No comprometer el juicio profesional por conflicto de interés o influencia indebida con terceros. |
Diligencia y competencia profesional |
Tener conocimiento y habilidades para prestar servicios competentes de acuerdo con las necesidades actuales de los contribuyentes. |
Confidencialidad |
No revelar información a terceros, a menos que haya una obligación legal o profesional. |
Comportamiento profesional |
Cumplir con las leyes y regulaciones aplicables a la profesión contable, buscando siempre la buena reputación de la profesión. |
Los aspectos a considerar en los principios fundamentales son:
1. Implica actitudes justas y veraces.
2. El contador público debe estar enterado que la información con la que trabaja en el cumplimiento de sus servicios profesionales no sea:
3. En el caso que se le asocie con algún supuesto de incumplimiento, debe tomar las medidas necesarias para desvincularse de este hecho y lo podrá hacer a través de una salvaguarda.
El contador público no debe comprometer su juicio profesional a través de:
Un ejemplo de lo anterior sería que el contador público que realice sus servicios profesionales de contabilidad financiera pretenda emitir un dictamen de los estados financieros al mismo cliente, es decir, que para cumplir con el principio fundamental de objetividad y que su juicio no se comprometa, no debe realizar dicho dictamen.
El contador público debe cumplir con este principio fundamental con las siguientes premisas:
Un ejemplo de esto sería que un contador público certificado durante el 2022 no realizó el refrendo para cumplir con lo dispuesto el artículo 12.° del Reglamento para la Certificación Profesional de los Contadores Públicos; bajo este supuesto, el contador público pierde el grado de certificación para emitir dictámenes a los estados financieros.
En este caso, el contador público cumple con el principio fundamental de diligencia y competencia profesional al informar a sus clientes de las limitaciones en las que se encuentra actualmente.
El contador público debe cumplir con este principio fundamental con las siguientes premisas:
Supuestos de divulgación requerida por ley:
Supuestos de divulgación por el deber profesional cuando no esté prohibido por la ley:
Supuestos de divulgación según las circunstancias:
Un ejemplo sería cuando se ha terminado la relación profesional con un cliente que tenía considerado un proyecto de desarrollo urbano, el cual se apoya con una proyección financiera, trámites ante autoridades federales y locales. En este sentido, para cumplir con el principio fundamental de confidencialidad, no se debe divulgar por ningún medio la información proporcionada por el cliente para el desarrollo del trabajo, aun cuando el servicio haya concluido.
1. El contador público debe cumplir con las leyes y evitar cualquier conducta que pueda desacreditar al gremio, así como no debe realizar actividades que perjudiquen la integridad, la objetividad o la buena reputación de la profesión.
2. Un contador público no debe desacreditar la profesión al realizar actividades de mercadotecnia y promoción.
3. El contador público debe ser honesto, veraz y no debe llevar a cabo:
4. En caso de que el contador público tenga dudas respecto del uso de publicidad, puede acudir a un organismo regulador para esclarecer sus inquietudes.
Por ejemplo, un contador público en el uso de la mercadotecnia y la publicidad que pueda realizar en redes sociales, no debe realizar aseveraciones de los grados académicos que ha conseguido, los años de experiencia adquirida, sectores económicos en los que se destaque; hacer comparaciones de su trabajo con colegas o firmas que realicen servicios similares a los que presta; o bien, hacer manifestaciones subjetivas del trabajo profesional de otros colegas.
Los principios fundamentales de integridad, objetividad, diligencia y competencia profesional, confidencialidad, así como de comportamiento profesional, son aplicables a todos los contadores públicos en los sectores en que desarrollen su actividad profesional:
Cuando el contador público, en el desarrollo de su profesión, se encuentre en una situación que considere en algún supuesto de incumplimiento a varios principios fundamentales, el código le permite consultar de forma anónima con:
Sin embargo, esta consulta no lo libera de la responsabilidad de aplicar su juicio profesional o una salvaguarda que busque el cumplimiento de los principios fundamentales.
Bajo ciertas circunstancias, hay autoridades específicas que están facultadas para solicitar información confidencial amparada por el secreto bancario.
Eréndira Berenice López GutiérrezLos peritos contables en casos de fraude deben dar un valor agregado a las empresas para que no vuelvan a sufrir daños que afectan la parte económica, su imagen y calidad ética.
Juan Rivero MedinaHay una serie de consideraciones que las empresas deben tomar en cuenta para el cumplimiento adecuado con respecto al periodo de vacaciones dignas para los trabajadores.
Orlando Corona Lara, Salvador López HernándezLa formación del criterio profesional es de suma importancia en el ejercicio de la profesión contable, ya que, los servicios que se prestan son de repercusión social significativa.
Marysol Rocha Vázquez© 2024 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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