Actualmente, la autoridad fiscal refuerza cada vez más los mecanismos y políticas para hacer frente a los diversos esquemas de evasión fiscal, situación que obliga a los contribuyentes a llevar a cabo el diseño e implementación de mecanismos de control interno, mismos que permitan a la empresa prevenir una situación de identificación de transacciones que puedan considerarse como inexistentes.
El Código de Principios y Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo publicado por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) en 2018, define el control interno de la siguiente manera: “Proceso que ejecuta la administración para evaluar operaciones específicas y que se diseña para proveer una seguridad razonable de la efectividad y eficiencia de las mismas, la confiabilidad de la información financiera y el cumplimiento con leyes y regulaciones; su estructura incluye el ambiente de control, las actividades de control, la valoración de riesgos, la información y comunicación, así como la vigilancia”.
El establecimiento de controles internos permite que la empresa cuente con elementos de valor que le ayudarán a identificar cualquier situación de riesgo, esto a la hora de establecer una relación comercial con proveedores y clientes, reduciendo, de esta manera, una contingencia legal, fiscal e, incluso, penal.
A continuación, se brindan algunas recomendaciones a incorporar en los procesos de control interno de las empresas con el objetivo de minimizar riesgos relacionados con la vinculación a operaciones inexistentes (reguladas en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación):
Controles en materia legal
Siempre que se pretenda iniciar una relación comercial con nuevos proveedores y clientes, se recomienda la integración de sus expedientes legales con la intención de validar la correcta constitución de la empresa, cambios accionarios, capital social de la entidad, operaciones de reestructura corporativa, antigüedad, así como la presencia de socios, accionistas, representantes legales y apoderados. |
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Controles en materia fiscal
Se debe velar que los proveedores y clientes, con quienes se busca establecer una relación de negocios, se encuentren al margen en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, pago de impuestos, presentación de declaraciones, así como que se encuentren localizables en sus domicilios fiscales declarados ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y que no se trate de domicilios compartidos, lotes o casas baldías. |
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Controles en materia laboral
En el caso de proveedores, se recomienda obtener documentación que demuestre que se cuenta con el personal especializado para prestar los servicios requeridos. |
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Controles en materia de seguridad social
Con relación al punto anterior, es recomendable evaluar que se cumplen con las obligaciones en materia de seguridad social, pago de cuotas obrero-patronales; esto relacionado con el personal con quien se tendrá contacto en la relación de negocios. |
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Controles en materia contractual
Independientemente de que se trate de proveedores o clientes, se debe velar por implementar el cierre de contratos que respalden las relaciones de negocio llevadas a cabo, documentos mediante los cuales se deben especificar, de manera particular, las condiciones de contratación: objeto del contrato, contraprestación, vigencia del acuerdo y obligaciones de cada parte contratante. Queda a discreción de la empresa incluir un proceso de certificación de contratos ante fedatario público para contar con fecha cierta en dichos documentos. |
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Controles en materia de imagen corporativa
El tema de la imagen corporativa de una empresa es de vital importancia, puesto que representa la percepción de agentes externos; por ello, se recomienda verificar que clientes y proveedores cuenten con elementos que permitan identificar la promoción de sus servicios, esto puede darse a través de sus páginas corporativas, redes sociales, marcas, opiniones y recomendaciones de terceros. |
Una política empresarial apoyada en la implementación y mejora de los procesos internos significa un elemento de generación de valor en las empresas; permite mitigar y gestionar riesgos que puedan acarrear sanciones económicas y que, propiamente, pongan en riesgo el futuro del negocio.
Fomentar la regulación en la observancia de operaciones simuladas, así como la conexión comercial con EFOS o EDOS, brinda al empresario elementos valiosos para integrar el soporte jurídico, administrativo, fiscal y contable de todas sus operaciones reales. Asimismo, fomenta una cultura corporativa basada en el funcionamiento de controles que permitan alcanzar los objetivos del negocio, prevenir pérdidas de recursos y mantenerse en orden con las disposiciones legales vigentes.
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