Desde dicha fecha la autoridad ha estado recabando, así como analizando, la información emitida y recibida de todos los tipos de CFDI, comparándola con lo declarado y enviado en la denominada contabilidad electrónica. Con este procedimiento, la autoridad, sin necesidad de efectuar una auditoría de gabinete, ha cumplido con lo establecido en la Ley de Ingresos y ha incrementado la recaudación.
En años recientes el SAT ha implementado nuevas modalidades de fiscalización, una de ellas es la denominada “vigilancia profunda”, que incentiva el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y de la que se detectan inconsistencias entre lo manifestado en las declaraciones y lo reflejado en los CFDI.
A continuación, se expone por tipo de CFDI las inconsistencias detectadas por la autoridad fiscal en sus revisiones:
La incorrecta cancelación del CFDI de ingresos, de acuerdo con lo siguiente:
Cabe mencionar que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) considera que los pagos provisionales del ISR para personas morales que tributan en el Régimen General de Ley se determinan con base en los CFDI de ingresos; asimismo, el contribuyente al no efectuar la cancelación del CFDI, la autoridad fiscal espera que se pague el ISR sobre esos ingresos; sin embargo, el error de algunos contribuyentes se considera en el cálculo de los pagos provisionales el neto de los CFDI de ingresos y de egresos, originando discrepancias con la información que tiene el SAT.
Emisión de CFDI al público en general
Cuando se realicen ventas y el cliente no requiera el CFDI, debe elaborarse (en el día o mes en que se efectúa la transacción económica) el CFDI con público en general. Los campos en los que debe ponerse mucha atención son:
Los contribuyentes que efectúen descuentos o bonificaciones deben emitir un CFDI de egresos, esto con base en lo establecido en el artículo 25.°, fracción I de la LISR. Esta operación es considerada una deducción fiscal y no una disminución de ingresos, el error más común es utilizar este tipo de CFDI para cancelar operaciones que fueron consideradas ingreso de manera errónea.
Este CFDI lo deben emitir los contribuyentes quienes emitan un comprobante con clave PPD dentro de los cinco días del mes siguiente del que hayan recibido el cobro del bien y servicio. Los principales errores son que no se emitan en el tiempo establecido y que el monto sea superior al CFDI emitido, esto debido a que no se consideraron los CFDI de egresos.
Se debe establecer el procedimiento para verificar que se emitan los CFDI dentro del periodo establecido; la autoridad en el futuro puede multar por no elaborarlo en tiempo y forma; asimismo, lo podría considerar como un gasto no deducible teniendo un impacto de por lo menos el 56% de la operación cuestionada (30% del ISR, 16% del IVA y 10% de la PTU, más actualizaciones y recargos) que podría afectar la liquidez del contribuyente.
Los contribuyentes que tengan empleados deben emitir un CFDI cada vez que paguen la nómina; la principal inconsistencia es que se indique que se pagó en un mes, pero por problemas de las instituciones financieras no se logren hacer las transferencias, por lo que, la autoridad exigirá el pago de las retenciones del ISR (aunque el contribuyente lo haya pagado en el mes siguiente o por duplicidad de los XML).
Por lo anterior, el contribuyente debe de conciliar la información de las percepciones, deducciones y retenciones presentadas en el CFDI con los registros contables y con lo declarado en los pagos provisionales de retenciones del ISR, así como con las aportaciones obreras de seguridad social presentadas en las liquidaciones del seguro social, SAR e Infonavit; por lo tanto, es importante se implemente como procedimiento efectuar esta conciliación.
Para los contribuyentes que decreten dividendos y contraten servicios en que se deban realizar retenciones del ISR por las operaciones efectuadas con residentes en el extranjero. El error que ha detectado la autoridad al efectuar auditorías es que, en ocasiones, los contribuyentes no lo elaboran y, por ende, el SAT puede considerar que no reúne la totalidad de los requisitos fiscales, cuestionando su deducibilidad.
Por último, se comentan los comprobantes de traslado y la Carta Porte (no se considera lo establecido en la Octava Resolución de Modificaciones de la RMF relacionado con este complemento).
El sustento legal de la Carta Porte se encuentra en:
Por lo tanto, los contribuyentes que transporten mercancías deben emitir un CFDI de traslado para comprobar la propiedad de dichos bienes. Debe elaborarse para evitar el pago de multas o que se incaute la mercancía. La autoridad ha dado prórrogas para que los contribuyentes cumplan con las últimas obligaciones.
Con las herramientas tecnológicas que han implementado las autoridades fiscales, los contribuyentes deben conciliar la información presentada en los CFDI que tiene la autoridad con la información presentada en las declaraciones mensuales, anuales e informativas, así como con los registros contables.
La información que proporcionan los diferentes tipos de CFDI, las declaraciones mensuales, definitivas, anuales e informativas, la tasa efectiva del ISR, así como la información enviada en la balanza y catálogo de cuentas (denominada contabilidad electrónica), le permite a la autoridad incrementar la recaudación de contribuciones y disminuir el costo administrativo, ya que el tiempo de análisis lo está absorbiendo el contribuyente al tener que comparar lo siguiente:
Asimismo, la autoridad comparará los CFDI del contribuyente con los que se encuentran en el listado del artículo 69-B y si detecta que el contribuyente tiene CFDI vigentes con dichos proveedores, el SAT solicitará que se considere no deducible y no acreditable el IVA de dichas operaciones.
El compliance aduanero es altamente recomendable, pues las organizaciones deben implementar medidas continuas para identificar y mitigar riesgos en las operaciones de comercio exterior.
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