Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): gobierno de la función

El Dominio III de las NGAI debe ser percibido como una validación de la alineación entre el consejo de administración, alta gerencia y la auditoría interna.

Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI): gobierno de la función


N63881
Dr. Andrés Grisanti Belandria Profesor titular en Universidad de Carabobo, Venezuela
Auditoría 06 de febrero de 2025

El Dominio III de las Normas Globales de Auditoría Interna (NGAI), emitidas por The Institute of Internal Auditors (IIA), versa sobre el gobierno de la función, agrupando principios y pautas que encauzan los vínculos entre el director de auditoría interna, el consejo y la alta dirección, enfatizando la necesidad del diálogo continuo que debe existir entre ellos para que la función sea efectiva. Este dominio aplica a todos los auditores internos, sean colaboradores de la empresa, contratados por un proveedor externo de servicios o una mezcla de ambos.

Papel del consejo y la alta dirección

Para tener una clara comprensión de lo desarrollado en el Dominio III, es necesario precisar la conceptualización de los términos consejo y alta dirección. Según el glosario de las NGAI, la palabra consejo es definida como el órgano de gobierno de más alto nivel en una organización, pudiéndose identificar, por ejemplo, con términos como consejo de administración, directorio, comité o comisión de auditoría. Por su parte, la alta dirección corresponde al mayor grado de gerencia ejecutiva en la compañía, la cual rinde cuentas al consejo de la entidad.

La función de auditoría interna es una unidad encargada de brindar servicios de aseguramiento y asesoramiento en las compañías, cuya autoridad, rol y responsabilidades le son concedidas por el consejo (o leyes y reguladores). Esto debería reflejarse en un documento formal, el estatuto de auditoría interna, mismo que incluya su mandato, la posición de auditoría dentro de la empresa, sus vínculos de dependencia, alcance de sus labores, clases de servicios y cualquier otra particularidad.

Específicamente, respecto del mandato, éste debería responder cuestionamientos como: ¿por qué existe la auditoría interna?, ¿qué labores se supone que debe desarrollar esta función?, ¿con cuánto apoyo se cuenta dentro de la organización? En este sentido, es neurálgico que exista una adecuada coordinación y colaboración entre el consejo, la alta dirección y la auditoría interna para garantizar un satisfactorio desenvolvimiento de la función dentro de la estructura de gobierno de la entidad.

Las normas del Dominio III fueron diseñadas con el objeto de optimizar los servicios que prestan los auditores internos.

Condiciones esenciales

Un elemento que es exclusivo del Dominio III, y que no aparece en los restantes dominios de las NGAI (Estructura de las Normas Globales de Auditoría Interna), es el concepto de condiciones esenciales. Sobre este particular, en este dominio se identifican una serie de condiciones necesarias para que la función de auditoría interna logre una colaboración eficaz del consejo y la alta dirección, así como las pautas para ver de qué manera estos organismos pueden articularse para contribuir con dicha cooperación.

Como condiciones esenciales deben entenderse aquellos requisitos cuyo cumplimiento resulta indispensable para la validez del acto, negocio, disposición o resolución de que se trate; sin embargo, específicamente en cuanto a las NGAI, estas condiciones podrían no ser imprescindibles (de acuerdo con la situación de que se trate), pues la normativa contempla qué debe hacerse en caso de una falta de acuerdo sobre condiciones esenciales.

Aunque para todas y cada una de las normas incluidas en el Dominio III se establecen las condiciones esenciales que deberían existir en relación con la función de auditoría, también se contemplan circunstancias en las cuales el director de auditoría interna pueda convenir con el consejo o la alta dirección sobre los asuntos en que se decida que una o algunas condiciones no son indispensables para cumplir con la normativa, debiéndose argumentar, de forma necesaria, la razón de ello y señalar los escenarios alternativos para compensar las condiciones omitidas.

Gobierno y auditoría interna

La gobernanza de la función de auditoría interna, según las NGAI, contempla tres principios (números 6, 7 y 8) en continuación a la secuencia iniciada en el Dominio II (Ética y profesionalidad), el cual enmarca los cinco primeros principios de la normativa.

Normas Globales de Auditoría Interna

Fuente: IIA.

El Dominio III toca diversas facetas cuyo adecuado discurrir contribuye a que exista una efectiva función de auditoría interna; esto comprende su mandato y estatutos, el apoyo del consejo de administración y la alta gerencia, independencia funcional, calificaciones profesionales de la dirección de auditoría interna, supervisión del consejo de administración, recursos asignados, calidad y evaluaciones externas de calidad.

Ciertamente, la dirección de auditoría interna es la unidad responsable de que los requerimientos de las normas de este dominio se cumplan, sin embargo, queda en sus manos lograr un satisfactorio respaldo de su función por parte del consejo y la alta gerencia, para lo cual, es necesario alcanzar un escenario de conveniente equilibrio entre las partes.

Normas del Dominio III

Los tres principios definidos en el Dominio III, concernientes a la gobernanza de la función de auditoría interna en una organización, son estructurados y descritos mediante un total de nueve normas:

Normas del Dominio III

Principio 6. Autorización del consejo

6.1. Mandato de auditoría interna
6.2. Estatuto de auditoría interna
6.3. Apoyo del consejo y alta dirección

Principio 7. Posicionarse independientemente

7.1. Independencia dentro de la organización
7.2. Cualificaciones del director de auditoría interna

Principio 8. Supervisión del consejo

8.1. Interacción con el consejo
8.2. Recursos
8.3. Calidad
8.4. Evaluación extrema de calidad

El principio 6, referente a la autorización del consejo, posee tres normas; primero, parte de un elemento crucial como lo es el mandato de auditoría interna, con el cual los órganos de poder de la organización establecen, aprueban y apoyan el nivel de autoridad, rol y responsabilidades de la función, y que debe quedar plasmado en el estatuto de auditoría de la entidad; asimismo, se enfatiza la necesidad de obtener el respaldo del consejo y de la alta dirección para que la función tenga un importante peso específico dentro de la empresa.

El vital requisito de tener un desenvolvimiento operativo independiente, así como lo relativo a la debida calificación profesional del personal directivo de la unidad de auditoría interna, se reflejan en el principio 7, esto a partir de dos normas. Para el primer punto, el consejo debe velar para que la función de auditoría interna se posicione, de forma conveniente, en el organigrama de la compañía para permitirle desplegar sus labores de forma autónoma. Respecto a las cualificaciones del director de auditoría interna, éste debe reunir competencias técnicas suficientes y convenientes para el desempeño de un cargo de esta envergadura, así como poseer aptitudes y preparación en valores profesionales y éticos.

El Dominio III de las NGAI aplica a todos los auditores internos, sean colaboradores de la empresa, contratados por un proveedor externo de servicios o una mezcla de ambos.

Ahora bien, en el principio 8 se desarrollan los elementos a considerar para supervisar la función de auditoría interna por parte del consejo. El principio tiene cuatro normas, iniciando con la interacción que debe existir entre la auditoría interna y el consejo para garantizar su eficacia, lo cual se demuestra con una asignación de recursos suficientes por el consejo para que la función pueda cumplir cabalmente con su mandato y plan operativo. Asimismo, se desarrollan aspectos relativos a los niveles de calidad que debe mostrar la unidad de auditoría interna, incluyendo revisiones externas de calidad de forma periódica por parte de evaluadores calificados e independientes.

Conclusiones

Para las funciones de auditoría con robustos marcos de gobierno corporativo, los requisitos del Dominio III deben ser percibidos como una validación de la alineación entre el consejo, la alta gerencia y la propia auditoría interna.

Las normas del Dominio III fueron diseñadas con el objeto de optimizar los servicios que prestan los auditores internos, así como reflejar la necesidad de que se entienda y confíe en las labores que desempeña la función. Aunque son los directores de auditoría interna los responsables de desarrollar el trabajo para que la función bajo su tutela alcance la conformidad de desempeño (según lo que se contempla en el Dominio III), también es cierto que, desde la unidad, se debe buscar la obtención de mayor colaboración y comunicación con las partes clave vinculadas con la auditoría interna (el consejo y la alta dirección).

Se recomienda que el comité de auditoría, a través de un check list interno, evalúe (de forma anual) que la función cumpla con la adopción y aplicación práctica de las nuevas NGAI y que el equipo de auditoría interna se encuentre capacitado en el uso y práctica de dichas normas.icono final


Referencias

  • Lafita, Jesús (2024), Nuevas Normas Globales de Auditoría Interna, Instituto de Auditores Internos de España.
  • Pérez, Robert (2024), Ámbito III: Fortalecimiento del gobierno, revista Internal Auditor.
  • The Institute of Internal Auditors, 2024, Normas Globales de Auditoría Interna, 2024, de IIA: https://www.theiia.org/globalassets/site/standards/editable-versions/global-internal-audit-standards-spanish.pdf


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