Algunos contadores públicos conciben, equivocadamente, el hecho específico del contexto de las NIGC, es decir, su entendimiento y aplicación tripartita. Algunos, basándose sólo en su denominación, excluyen a la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 220 (Revisada) de las NIGC, pues no se incluye en su nombre: Norma Internacional de Gestión de Calidad. Otros, incluidos los líderes de la firma de contadores públicos, creen que aplica sólo a contadores de la función de auditoría; asimismo, hay quienes consideran que las NIGC solamente aplican a las cuatro grandes firmas internacionales de auditoría.
Este artículo tiene por objetivo fundamentar por qué la NIGC 1, NIGC 2 y la NIA 220 (Revisada) deben entenderse y aplicarse las tres juntas; esta es la única manera de gestionar y lograr la calidad. Ninguna de las tres, individualmente, gestionará y logrará la calidad a nivel de la firma y a nivel de la auditoría de estados financieros. Las NIGC para revisiones, otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados son ignotas. Los integrantes de la comisión técnica de Calidad del Colegio de Contadores Públicos de México están en el proceso de redactarlas para que la instancia adecuada las publique.
Desde su génesis, las NIGC fueron diseñadas con esta tridimensionalidad; el proceso de su publicación y entrada en vigor ha sido largo, al menos siete años, pero podría remontarse hasta 2009, como se muestra en el siguiente cronograma:
Fuente: elaboración propia.
En diciembre de 2018 se aprobó la auscultación pública para el proyecto de las NIGC mediante el siguiente documento:
Fuente: Borradores de exposición del IAASB para la gestión de la calidad a nivel de la firma y del compromiso, incluidas las revisiones de la calidad del compromiso.
Los aspectos más importantes del mismo están resumidos en los siguientes esquemas, resaltando que:
Fuente: elaboración propia.
El siguiente esquema presenta las cuestiones clave de interés público relacionadas con el control de calidad que gestaron las actuales NIGC: el reforzamiento del ejercicio del escepticismo profesional, la aplicación de una gestión proactiva de la calidad a nivel de la firma y a nivel del encargo, una mayor transparencia y mejores comunicaciones.
Estas cuestiones, desde el inicio del proyecto, se tomaron en cuenta para diseñar e implementar una respuesta que consiste en tres normas: NIGC 1, NIGC 2 y NIA 220 (Revisada). Ni una más (por el momento), pero ni una menos.
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Marysol Rocha Vázquez© 2024 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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