l 29 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la primera versión anticipada de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 y su anexo 1-A.
Dentro de esta primera versión, observamos las siguientes modificaciones:
Multas susceptibles de reducción, de acuerdo con el artículo 74.° del Código Fiscal de la Federación (CFF)Tratándose de multas originadas por el ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad fiscal:
En el caso de multas por incumplimiento a obligaciones fiscales federales distintas a las de pago:
Por otra parte, el pasado 31 de agosto, el SAT publicó el comunicado 041/2022, por el que informa la facilidad a los contribuyentes para reducir hasta en un 100% las multas que tengan por incumplimiento de las declaraciones pendientes en años anteriores a 2022.
Las personas que pueden obtener la reducción del 100% de la multa son las que recibieron notificaciones de requerimiento y de la multa, pero no recibieron requerimiento del cobro de esta; por otro lado, las que recibieron notificaciones de requerimiento, de la multa y también el requerimiento del cobro, podrán obtener una reducción de hasta el 90%. El porcentaje para reducir bajo este segundo supuesto dependerá de la antigüedad con que informó la autoridad fiscal de la multa al contribuyente.
Las personas físicas en México están obligadas a presentar la declaración anual del ISR en abril para evitar posibles sanciones por parte de la autoridad.
Antonio González RodríguezEl estímulo en materia de multas y recargos está enfocado en contribuyentes que no hayan excedido los 35 millones de pesos de ingresos acumulables.
Eduardo Estrada BorjaEn la declaración anual de personas morales es necesario verificar pérdidas fiscales, saldos a favor, ingresos, deducciones y momentos de acumulación.
Ariana Elizabeth Martínez MolinaNo presentar las declaraciones (periódicas o informativas) constituye una infracción en términos fiscales, la cual podría convertirse en una multa.
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