Los estímulos fiscales son aplicables a:
Además, se creó el comité de evaluación para la aplicación de los estímulos fiscales, integrado por representantes de la Secretaría de Economía (SE), el Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización (sin derecho a voto), así como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), quien presidirá el comité con voto de calidad. El comité determinará el monto máximo aplicable por ejercicio fiscal para cada estímulo, según los lineamientos del decreto.
Para acceder a estos estímulos, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos:
El estímulo permite la deducción inmediata de la inversión en activo fijo nuevo adquirido a partir de la entrada en vigor del decreto y hasta el 30 de septiembre de 2030 (se consideran nuevos aquellos activos utilizados por primera vez en México). La deducción se aplicará a la tasa establecida en el decreto en lugar de las determinadas en la LISR.
Para calcular el coeficiente de utilidad de los pagos provisionales de los ejercicios de 2026 a 2031, se adicionará el importe de la deducción inmediata aplicada. La utilidad fiscal determinada se podrá disminuir en partes iguales de los pagos provisionales, comenzando en el mes de la inversión.
Los contribuyentes deben llevar un registro específico de las inversiones deducidas de manera inmediata, esto a partir de documentación comprobatoria que respalde la adquisición y aplicación del estímulo.
El comité de evaluación revisará los proyectos de inversión en bienes nuevos de activo fijo, los convenios de colaboración en educación dual, así como los proyectos de inversión para el desarrollo de invenciones o certificaciones iniciales. Asimismo, emitirá constancias de cumplimiento, permitiendo la aplicación de los estímulos fiscales, según los lineamientos establecidos.
Este estímulo no aplica a mobiliario y equipo de oficina, automóviles con motores de combustión interna, equipo de blindaje de automóviles, bienes de activo fijo no individualizables ni a aviones no dedicados a la aerofumigación agrícola.
En las declaraciones anuales de 2025 a 2030 se podrá aplicar un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional de 25% del incremento en el gasto de capacitación de los trabajadores (o en innovación). El incremento es la diferencia positiva entre el gasto del ejercicio correspondiente y el promedio de los tres ejercicios fiscales anteriores.
La capacitación debe proporcionar conocimientos técnicos o científicos relacionados con la actividad del contribuyente. Los gastos de innovación deben vincularse con proyectos de inversión para el desarrollo de invenciones, obtención de patentes o certificaciones iniciales necesarias para integrarse a cadenas de proveedurías locales o regionales.
La deducción adicional sólo será procedente respecto de la capacitación proporcionada a trabajadores activos registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), esto conforme a los lineamientos del decreto. La deducción adicional se restará de la diferencia entre los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas por la LISR hasta el monto de dicha diferencia. Si las deducciones autorizadas superan los ingresos acumulables, no se podrá aplicar la deducción adicional.
El decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y será aplicable hasta 2030. A partir de su entrada en vigor, queda sin efecto el decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora, consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación, del 11 de octubre de 2023, así como su modificación del 24 de diciembre de 2024; también, queda sin efecto cualquier disposición administrativa que contravenga el referido decreto.
El decreto publicado en el DOF establece estímulos fiscales para apoyar el Plan México, enfocado en fortalecer la industria nacional y promover el desarrollo científico y tecnológico. Estos estímulos están dirigidos a personas físicas y morales, y abarcan deducciones inmediatas en inversiones de activo fijo y deducciones adicionales por gastos de capacitación e innovación.
El comité de evaluación supervisará y aprobará los proyectos elegibles, garantizando el cumplimiento de los requisitos y lineamientos establecidos. Esta iniciativa estará vigente hasta 2030 con el objetivo de impulsar significativamente el crecimiento económico y la competitividad del país.
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