n paso importante y crítico en la integración de Brasil a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha sido la publicación de sus nuevas reglas en materia de Precios de Transferencia (PT), pero ¿cuál es el propósito de su integración y la razón en la modificación de sus reglas, así como el impacto económico para el país?
Los PT son el tema más polémico y complejo de la tributación internacional y también es el mecanismo más utilizado por las empresas multinacionales para trasladar sus utilidades de una jurisdicción a otra.
Las reglas de PT surgen con la finalidad principal de proteger la base impositiva de los países en operaciones internacionales, buscando que, dichas transacciones, obedezcan (en la mayor medida posible) a la realidad de los mercados. Estas reglas parten del supuesto que las sociedades (o partes vinculadas) se benefician de un tratamiento fiscal más ventajoso utilizando estrategias para trasladar sus utilidades a jurisdicciones con menores tasas impositivas.
En otras palabras, la expectativa es que, mediante una práctica de PT correctamente implementada, las transacciones entre partes relacionadas se realicen a valores de mercado (evitando el traslado de beneficios o una evasión fiscal). Ahora bien, ¿por qué dichas reglas deben alinearse con los estándares de la OCDE?
La OCDE es una organización de 38 países miembros, cuya finalidad es establecer estándares internacionales y proponer soluciones a diversos retos sociales, económicos y medioambientales. La organización constituye un foro para que los gobiernos comparen experiencias de políticas, busquen respuestas a problemas comunes e identifiquen las buenas prácticas, procurando promover la prosperidad y combatir la pobreza a través del crecimiento económico y la estabilidad financiera.
En América Latina, cuatro países forman parte de la OCDE: Chile, Costa Rica, Colombia y México (éste último es miembro desde 1994). Actualmente, Brasil se encuentra en conversaciones de adhesión con el consejo del organismo (al igual que Argentina y Perú).
El 29 de diciembre de 2022 el Ministerio de Economía de Brasil dio un paso decisivo en el proceso que el país atraviesa para ingresar a la OCDE mediante la publicación de las nuevas reglas de PT, contenidas en la Medida Provisional N°1.152 (MP 1.152).
La legislación brasileña actual de PT, incluida en la ley 9.430/1996, no se alinea plenamente con las sugerencias de la OCDE, ya que, considera ciertos métodos predeterminados con márgenes fijos. En otras palabras, el sistema de PT de Brasil no sigue el principio de plena competencia, lo cual, ha sido ampliamente criticado y cuestionado por diferir de la práctica internacional adoptada por muchos países e, incluso, ha ocasionado perjuicios para el país en materia económica.
Las nuevas reglas de PT procuran corregir lagunas y debilidades existentes en el sistema actual, así como problemas resultantes del desajuste con el estándar establecido por la OCDE, ya que, estas divergencias deterioran la relación de negocios internacionales, la inserción del país en las cadenas globales de valor y la recaudación de ingresos tributarios.
El gobierno federal afirma que la implementación de dicha medida resulta urgente, debido a un cambio reciente en la política fiscal de EUA, que ya no reconoce o permite el crédito fiscal por impuestos pagados en Brasil (debido a las desviaciones o huecos existentes en el sistema de PT brasileño).
Otra razón se debe a las pérdidas recaudatorias que experimenta Brasil año tras año; lo anterior, debido a las diversas deficiencias existentes en su legislación que permiten la erosión de la base imponible y transferencia de utilidades.
A este respecto, de no tomarse medidas legislativas inmediatas, el país podría experimentar una reducción significativa de la inversión actual y perder competitividad en la atracción de nuevos capitales, impactando negativamente en los niveles de empleo y en la economía nacional.
Con la implementación de este nuevo marco, a pesar de tener como contrapartida la pérdida de sencillez y practicidad del modelo actual, se espera que permita una mayor integración de la economía brasileña en el mercado internacional, eliminando barreras que dificultan y perjudican el comercio y la inversión extranjera (derivadas del riesgo existente de una doble tributación).
Es importante mencionar que la nueva legislación cuenta con 40 artículos, mientras que, la legislación vigente cuenta únicamente con seis. Este cambio legislativo se deriva de un proyecto iniciado hace más de cuatro años bajo la colaboración de la OCDE con la Secretaría de Ingresos Federales de Brasil, que produjo un informe detallado sobre la metodología brasileña de PT y su transición a las reglas OCDE (Informe de Convergencia).
A partir de los hallazgos de esta evaluación, el proyecto exploró el potencial de Brasil para acercarse al estándar de PT de la OCDE, que es una referencia crítica para los países miembros y seguido por la mayoría de los países del mundo.
Si bien, las nuevas reglas van a entrar en vigor en 2024, existe la opción de unirse en 2023 a dichos estándares. Sin importar cual sea el caso, las empresas brasileñas, así como las entidades que celebren transacciones con las mismas, deben tomar en cuenta que existe aún mucho por reglamentar, arreglos de negocio que analizar y modificar para permitir una convergencia o aproximación a los estándares requeridos, así como una infinidad de procesos administrativos como consecuencia.
Técnicamente, el contenido de la MP 1.152 resulta ampliamente descriptivo y aporta los elementos necesarios para el alineamiento pretendido con los estándares de la OCDE. También existen subsecciones con tratamiento especial para commodities (que aún dependen de una regulación más específica) y temas más complejos como la aplicación de ajustes de PT y su interrelación con los convenios de doble imposición.
En específico, el tercer capítulo trata de disposiciones específicas y contiene seis secciones que disciplinan temas más especializados:
|
|
|
|
|
|
La legislación actual, por su limitado alcance y practicidad, es poco exigente en cuanto a documentación (sin un régimen sancionador específico), por lo que, el cuarto capítulo de la MP 1.152 establece la documentación requerida y las sanciones aplicables.
Si bien, el nuevo marco de PT apuesta por la objetividad y elimina (casi por completo) algunas lagunas existentes, aún quedan ciertos aspectos que pueden dar lugar a un sinfín de controversias o cuestionamientos.
Considerando el alto grado de subjetividad de la práctica de PT, uno de los aspectos más relevantes en la implementación del nuevo sistema sería el cuestionamiento del peso interpretativo de las directrices normativas de PT de la OCDE y el manual de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para resolver los conflictos normativos.
A manera de ejemplo, en México, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que, para la interpretación de lo dispuesto por dicha ley, serán aplicables las Guías sobre Precios de Transferencia para las empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el consejo de la OCDE. En este sentido, al tomar como referencia lo señalado por las directrices de la OCDE, se evitan un sinfín de disputas por subjetividad o interpretación de la ley actual.
Vale la pena recordar que los PT no son una ciencia exacta, pero que sí requieren el ejercicio de juicio por parte de la administración tributaria, así como por parte del contribuyente. En este sentido, se espera que, en la fase de regulación e implementación del nuevo marco regulatorio brasileño, se realicen consultas públicas y debates que logren dar respuestas claras y eviten disputas y controversias para los contribuyentes.
El compliance aduanero es altamente recomendable, pues las organizaciones deben implementar medidas continuas para identificar y mitigar riesgos en las operaciones de comercio exterior.
Juan Antonio Castro ChávezDentro del marco normativo mexicano existe una serie de requisitos que debe cumplir quien desee ocupar los más altos cargos de fiscalización.
Gerardo González de Aragón RodríguezUn saldo a favor del ISR no es un tema que se genere en automático, es una tarea que dura todo el año y culmina en la declaración anual para personas físicas en el mes de abril.
Eduardo Estrada BorjaDentro del control de nómina, las empresas deben tener en cuenta los ingresos exentos para los trabajadores a efectos del ISR.
Cristina Zoé Gómez Benavides© 2024 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
Directorio Contacto Aviso legal Acerca de VeritasInicia sesión o suscríbete para continuar leyendo.