Consideraciones al invertir en instituciones de financiamiento colectivo

Un análisis detallado de la información que dichas organizaciones proporcionan permite determinar si se trata de una buena opción para invertir.

Consideraciones al invertir en instituciones de financiamiento colectivo


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C.P. y C. UIF-PLD Alejandro Méndez Rueda Socio en Gambo Servicios Corporativos, S.A. de C.V.
PLD 18 de noviembre de 2022
L

as Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC) son organizaciones que, por su reciente creación y auge, fue necesario que se regularan y supervisaran, siendo la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la responsable de dicha operación. Esta vigilancia es sobre aspectos de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) y Financiamiento al Terrorismo (FT), de operación y administración; sin embargo, no hay supervisión sobre las oportunidades de inversión.

Respecto a lo anterior, la CNBV no valida proyectos; esta actividad sustantiva se la deja a las IFC. En el artículo 11.° de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (LRITF), en el párrafo segundo señala que: “Deberán tomar medidas para evitar que se difunda información falsa o engañosa a través de ellas. Adicionalmente, las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) deberán difundir la información que permita a sus clientes identificar los riesgos de las operaciones que celebren […]”.

En el párrafo tercero del mismo artículo se señala: “Ni el Gobierno federal, ni las entidades de la administración pública paraestatal podrán responsabilizarse o garantizar los recursos de los clientes que sean utilizados en las operaciones que celebren con las ITF o frente a otros […]”.

Como se observa, las IFC son las únicas responsables de la información que promueven a través de sus plataformas, ofertando oportunidades para invertir en los proyectos de los clientes solicitantes que son de tres tipos: de deuda, de capital y copropiedad o regalías; por otra parte, los recursos de los clientes que aportan para las inversiones no tienen ninguna garantía.

La LRITF señala en su artículo 20.° que, en ningún caso, las ITF podrán asegurar que sobre las inversiones se obtendrá un rendimiento o retorno, así como tampoco podrán garantizar el éxito o el resultado de los proyectos de inversión; en caso de quebranto o pérdida de los recursos, nadie los asegura. Dichos recursos sólo están respaldados por la buena fe de los clientes solicitantes y de los análisis financieros que la plataforma de la IFC oferta.

Una pregunta que los inversionistas se deben hacer es: ¿por qué en las páginas de las IFC mencionan un rendimiento o retorno? Resulta simple deducir que se trata de un acto de mercadotecnia que “engancha” a los inversionistas, ya que, cuando se accede al proyecto en específico, la IFC señala que es un retorno estimado.

Las ITF estiman un retorno muy atractivo, es decir, superior a la media en el mercado abierto; es donde el inversionista debe analizar la información del proyecto (que siempre debe ser verificable) y exigir a la IFC los análisis financieros con los cuales promueve los retornos estimados.

Otro punto que los inversionistas deben observar es que la mayoría de los proyectos que promueven las IFC, van dirigidos a personas que están iniciando operaciones (o que tienen poco tiempo de vida comercial), por lo tanto, invertir en estas organizaciones se puede convertir en un riesgo extremo.

El riesgo se sustenta en que, el 90% de las empresas en el país son micro, pequeñas y medianas, de acuerdo con la Asociación de Emprendedores de México (Asem); este organismo también señala que el 75% de dichas empresas cierran antes de terminar su segundo año, siendo las causas principales: administración inadecuada y falta de profesionalización.

No existe supervisión de la autoridad sobre las oportunidades de inversión en las IFC.

Con los riesgos mencionados, los inversionistas deben realizar un análisis exhaustivo de los proyectos de inversión o sobre las operaciones de deuda, de acuerdo con las siguientes premisas:

  • En las operaciones de deuda, el inversionista debe asegurar que su inversión esté respaldada por una garantía realizable en el corto plazo y que permita recuperar la inversión en caso de demora del cliente solicitante de financiamiento.
  • Para los proyectos de capital y regalías o copropiedad, de manera enunciativa, pero no limitativa, los inversionistas deben obtener los siguientes documentos de los proyectos de inversión a través de las plataformas de las IFC:
    • Estados financieros dictaminados de los tres últimos ejercicios (por contador público independiente)
    • Declaración anual de los tres últimos ejercicios fiscales
    • Estructura de capital, es decir, de quienes integran el capital social con la identificación de los apoderados, de quienes firman las cuentas bancarias y en su caso, el beneficiario controlador; lo anterior conforme al artículo 32-B ter del Código Fiscal de la Federación (CFF)
    • Relación de todos los créditos contratados, con datos de identificación para verificar el comportamiento de pago de la persona solicitante de financiamiento
    • Descriptivo de cómo se realiza el objeto social de la persona (con imágenes y/o videos de los procesos de ingresos)
    • Estados de cuenta bancarios de los tres últimos meses
    • Imágenes y/o videos de las oficinas y donde se desarrolla la actividad a financiar
    • Integración del activo fijo con el que se desarrolla la actividad sustantiva de la persona con validación de propiedad
    • Contratos con clientes que sustenten el ingreso de la persona a financiar o un comportamiento de ventas al público en general de los tres últimos años
    • Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT
    • Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT
    • Cédula de liquidación del IMSS de los tres últimos meses

Esta información se debe analizar en cualquier caso de participación mediante financiamiento de capital, pues es la base para poder evaluar la factibilidad de obtención de rendimiento. La evaluación se lleva a cabo mediante un análisis financiero integral, que permita obtener una proyección de resultados de periodos futuros, proporcione un mitigante al riesgo de invertir a través de las IFC y, sobre todo, que permita hacer un comparativo con las tasas de rendimiento estimadas en las plataformas con las obtenidas por el inversionista.

Se debe obtener mínimamente la información mencionada, ya que, al realizar un recorrido por distintas plataformas, se puede observar que estas presentan únicamente estados financieros firmados por los accionistas y funcionarios de las empresas, así como un descriptivo financiero y operativo de una actividad generadora de recursos que siempre presenta escenarios financieros atractivos (ya que hasta en supuestas circunstancias pesimistas, generan rendimientos).

A continuación, se muestra una lista de los errores más comunes que presentan los estados financieros y los descriptivos de los proyectos mencionados:

  • Crecimiento exponencial de ventas, es decir, crecen más rápido conforme pasa el tiempo y sin considerar los factores económicos externos como la inflación, tipo de cambio, competencia, mercado objetivo, etc.
  • Comportamiento lineal de costos, en otras palabras, las ventas crecen y los costos se mantienen en el mismo nivel o decrecen.
  • En el Estado de Resultado Integral (ERI), habiendo rendimientos, no presentan impuestos a la utilidad y tampoco participación a los trabajadores en las ganancias.
  • En las premisas mencionan operaciones de comercio exterior y en el ERI no presentan el resultado cambiario.
  • En las relaciones analíticas, presentan costos por sueldos y en el Estado de Posición Financiera (EPF) omiten el pasivo laboral.
  • En el EPF comparativo hay discrepancia entre la depreciación presentada en el ERI o en las relaciones analíticas y el incremento presentado en el balance, y en algunos casos, en el Estado de Flujo de Efectivo (EFE).
  • En el EFE, el efectivo al final del periodo no coincide con el presentado en el EPF.
Las IFC son las únicas responsables de la información que promueven a través de sus plataformas.

Otro punto para cuestionar es que los solicitantes, en menos de 24 meses, ya se encuentran en la segunda y hasta en la cuarta ronda de financiamiento, pagando anticipos de rendimientos sobre un mismo proyecto. La duda gira en torno a la posibilidad de que, en los primeros meses de la primera ronda de financiamiento, se puedan pagar rendimientos (casi siempre muy atractivos) en tasas anuales promedio del 20%, siendo que, en el mercado abierto a los inversionistas, es una tasa del 5%. Lo anterior sumado a que en estos años hay una recesión económica mundial.

Por esta razón, los inversionistas deben analizar exhaustivamente la información que las IFC proporcionan; esto para identificar si es una buena opción de inversión, ya que, dicha información tiene la característica de ser verificable, se presenta ante la autoridad fiscal y está dictaminada por un tercero independiente, lo que permitirá hacer un buen análisis financiero.

Conclusiones

Como se menciona, invertir a través de una IFC es de alto riesgo, pero si el inversionista solicita a la IFC que sus proyectos se complementen con la información mínima propuesta, se podrá hacer un análisis con información verificable, que fue dictaminada por un tercero (en el caso de los estados financieros) y que se presentó ante la autoridad; se podrá hacer una debida diligencia de los accionistas, representantes legales, apoderados y beneficiario controlador; así como conocer de manera documental y visual las instalaciones y los procesos sustantivos generadores de recursos de los solicitantes de financiamiento.

Si se toma en cuenta lo anterior, puede ser una forma de obtener buenos rendimientos con un riesgo controlado, pues hay quienes acuden a las IFC para obtener un financiamiento con lo mínimo de gastos, ofertando una buena tasa de rendimiento para los inversionistas; para ello, las IFC presentan la información suficiente, competente y verificable que permita minimizar el riesgo de perder la inversión de los clientes aportantes.



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