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Fallas en el sistema del SAT y la imposibilidad de enviar dictámenes

Las fallas en el sistema del SAT han ocasionado inconvenientes para los contribuyentes en el envío de sus dictámenes fiscales.

Fallas en el sistema del SAT y la imposibilidad de enviar dictámenes


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C.P.C. y P.C.FI. Antonio González Rodríguez Socio en Deloitte Impuestos y Servicios Legales, S.C.
Fiscomentarios 01 de septiembre de 2023

El 15 de mayo de 2023 el sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó fallas en su servicio; esto causó la imposibilidad de enviar dictámenes fiscales correspondientes al ejercicio fiscal 2022 para ciertos contribuyentes.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMPC) en conjunto con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), gestionaron con las autoridades fiscales dar solución a los dictámenes que fueron considerados como extemporáneos debido a su falta de recepción; lo anterior como consecuencia de las fallas mencionadas.

Las fallas en la plataforma del SAT llegan a ocasionar inconvenientes para los contribuyentes, sobre todo, cuando tienen que ver con el envío de los dictámenes fiscales.

El IMCP emitió una circular para dar a conocer el resultado alcanzado entre el SAT y la Prodecon, en ésta se menciona que los contribuyentes que fueron afectados deben demostrar la imposibilidad de envío de sus dictámenes, así como presentar una queja formal ante la delegación de la Prodecon.

Posterior a lo referido, dicha procuraduría debe solicitar la evaluación de la situación a la Administración Central de Tecnología para otorgar los efectos fiscales y legales correspondientes.

Segundo Pilar de la OCDE para facilitar aplicación de impuestos a multinacionales

Tras haber presentado las normas modelo del Segundo Pilar para implementar la aplicación del Impuesto Mínimo Global (IMG) del 15% a empresas multinacionales, la OCDE publicó una serie de documentos con relación a dichas normas.

En octubre de 2021, con el objetivo de abordar los desafíos de la globalización económica, 137 países miembros del Marco inclusivo sobre BEPS de la OCDE, así como el G-20, acordaron la implementación a una tasa impositiva mínima mundial del 15% aplicable a las empresas multinacionales que obtuvieran ingresos consolidados anuales mayores a 750 millones de euros.

Por lo complejo de las reglas modelo del Segundo Pilar, la OCDE debe seguir desarrollando elementos que faciliten la correcta interpretación, así como la adopción de dichas normas.

Dicho acuerdo surtiría efectos a partir de 2023. Entre las principales actualizaciones por parte de la OCDE a las normas modelo del Segundo Pilar se encuentran:

  • Un safe harbor temporal, es decir, una facilidad administrativa que retrasa hasta 2026 la aplicación de la Regla de Utilidades Insuficientemente Gravadas; esto al sostener que las empresas multinacionales no pagarán un impuesto adicional en el país de su entidad matriz si en tal jurisdicción es aplicable una tasa corporativa al ISR de al menos 20 por ciento.
  • Un safe harbor permanente que permite a las empresas multinacionales preparar un único cálculo del Impuesto Mínimo Complementario Nacional Calificado para un país, sin embargo, la OCDE presenta una serie de requisitos para que esta facilidad sea aplicable.
  • Se otorga orientación administrativa para la implementación de las normas modelos, incluyendo nuevas guías administrativas con ejemplos que permitan aclarar la interpretación y funcionamiento de dichas reglas.
  • Se publicó una guía específica relacionada al tratamiento de los créditos fiscales, así como otra relacionada a la exclusión de ingresos basada en la sustancia.
  • La OCDE desarrolló la declaración informativa que deben presentar las empresas sujetas a las normas de la organización; es una herramienta con un conjunto completo de datos que sirve a la autoridad fiscal para evaluar el cálculo de las obligaciones tributarias adicionales de las empresas multinacionales en cada país. Dicha declaración debe presentarse, a más tardar, 15 meses posteriores al año fiscal (con una extensión de 18 meses para el primer año).

Conclusiones

Debido a la complejidad que tienen las normas modelo del Segundo Pilar, la OCDE continuará desarrollando facilitadores para la correcta interpretación y adopción de las normas.



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